República Dominicana. El pleno de la Junta Central Electoral (JCE), decidió este lunes no ofrecer el apoyo solicitado por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), para su proceso de consultas abiertas para escoger a el o la candidata presidencial de esa organización de cara a las elecciones del 2024.
Según una comunicación dirigida al secretario general del partido morado, Charles Mariotti, el proceso quequiere realizar el PLD en el que “Se pretende escoger a un o una aspirante en el año 2022…constituye un acto anticipado al inicio del periodo legal previsto para tal evento y de lo cual…no se encuentra autorizado por la ley”.
No obstante, aclaro que el Partido de la Liberación Dominicana puede hacer movimientos internos de reestructuración y autoorganización siempre que se obedezcan los mandatos de la ley en ese sentido.
JCE, su naturaleza es de administración electoral, no jurisdiccional
Se recuerda que los aspirantes presidenciales del PLD, Abel Martínez, Margarita Cedeño, Francisco Domínguez Brito, Maritza Hernández, Luis de León y Karen Ricardo, llegaron a un acuerdo para que la elección del aspirante presidencial de la organización se haga a través de una consulta abierta que utilizaría el padrón de la Junta Central Electoral y en la que participarían solo las personas que figuren como militantes de esa entidad político-partidista.
Este proceso está pautado para celebrarse el 16 de octubre de este año y las inscripciones de aspiraciones permanecerán abiertas hasta septiembre de este año.
La consulta que el PLD tiene pautado realizar entre las bases es para determinar cuál de los aspirantes tiene una mayor aceptación. Sin embargo, dejó claro que la misma no es un «Proceso de primarias».
El apoyo requerido a la JCE por el PLD consta de la facilitación del padrón, los escáneres y logística, sin embargo, el organismo comicial indicó que participar en este proceso sería contrario a la ley.
“Que de conformidad con el artículo 212 de la Constitución de la República, la Junta Central Electoral no es un órgano jurisdiccional sino un órgano que ejerce la función electoral, es decir, que su naturaleza está orientada a la administración electoral”, indicó la JCE en su comunicación.