Requerimiento de tarjeta de vacunación toca tribunales de RD

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República Dominicana. – Un recurso constitucional de amparo fue elevado ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA) para pedir la nulidad de la resolución número 000048 del 8 de octubre, aunque otros abogados consultados defienden la legalidad de la disposición.

El recurso de amparo fue interpuesto por los abogados Yan Carlos Martínez Segura y Eli Saúl Barbi Castro, quienes solicitaron que el procedimiento sea declarado de extrema urgencia y se conozca antes del 18 de este mes de octubre del presente año 2021.

Los juristas elevaron su instancia contra la Presidencia de la República, representada por Luis Abinader y el Ministerio de Salud Pública, en la persona de su titular Daniel Enrique de Jesús Rivera Reyes.

Argumentan que la disposición de Salud Pública atenta contra los artículos de la Constitución 38 (Dignidad humana); 39 (Derecho a la igualdad); 40 (Derecho a la libertad y seguridad personal); 42 (Derecho a la integridad personal); 62 (Derecho al trabajo) y 74 (principios de aplicación e interpretación de los derechos y garantías fundamentales).

Además, los artículos 3 y 4 de la Ley 107-13 sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo.

“En razón de que existe una seria amenaza a los derechos fundamentales de la colectividad, en consecuencia de los accionantes, una amenaza que supone la limitación de amplios derechos constitucionales, a millones de ciudadanos con consecuencias insospechadas y generadoras de consecuencias incluso que perturben la paz y el orden público, generando caos, violencia y desorden en las vías, transporte público y espacios de recreación”, aduce el documento con fecha 10 de octubre.

Este requerimiento encuentra trabas legales que deberán decidirse en los tribunales de Justicia.

Por su parte el abogado Marino Feliz,no advierte violaciones en la disposición del Ministerio de Salud, basado en el contenido marco de la Ley orgánica del propio Ministerio (42-01) que le da potestad para dictar resoluciones cuando tenga que ver con temas de salud, así como por el artículo 61 de la Constitución que establece la salud como derecho fundamental y al Estado como su garante. Indica que la capacidad normativa de la legislación orgánica tiene rango constitucional.

El Ministerio de Salud Pública mantiene en condición de epidémico todo el territorio nacional, a la vez que dispone el uso obligatorio de mascarillas, mantener distanciamiento físico y los establecimientos de uso público solo podrán recibir el 75 % de su capacidad.

Pero la resolución 000048 de Salud también establece que a partir del próximo lunes 18 de octubre, habrá que presentar cédula y la tarjeta de vacunación con al menos dos dosis para poder presentarse a los espacios de trabajo colectivos y cerrados, a los centros de estudios públicos y privados, al transporte y establecimientos públicos, como tiendas, discotecas o colmados.

El Veronero
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